Trabajo a media jornada y alta en la SS ¿compatibles?
论题张贴者: Ana Torres
Ana Torres
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Jul 11, 2006

Hola, Prozianos:

Ya llevo un tiempo registrada en la web, pero esta es la primera vez que me decido a pediros ayuda profesional... Además de las preguntitas Kudoz, por supuesto:)

Acabo la carrera de Traducción e Interpretación en septiembre (Dios mediante!) y mientras tanto, pago mis facturas con un trabajo de secretaria a media jornada. Sin embargo, necesito conseguir otro trabajo porque si no, no hay quien pague un máster en Interpretación de Conferencias sin ava
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Hola, Prozianos:

Ya llevo un tiempo registrada en la web, pero esta es la primera vez que me decido a pediros ayuda profesional... Además de las preguntitas Kudoz, por supuesto:)

Acabo la carrera de Traducción e Interpretación en septiembre (Dios mediante!) y mientras tanto, pago mis facturas con un trabajo de secretaria a media jornada. Sin embargo, necesito conseguir otro trabajo porque si no, no hay quien pague un máster en Interpretación de Conferencias sin avales ni loterías y he pensado que podría ampliar mi experiencia en el ámbito de la traducción mientras tanto... Y no creo que sea poco tiempo precisamente.

He estado preguntando e incluso buscando en este mismo foro acerca del tema y veo que los comienzos de todo el mundo son siempre difíciles, pero espero que podáis aconsejarme. Sin experiencia demostrable más que en mi propia empresa y, sin poder emitir facturas, es bastante difícil presentarse en ningún sitio. ¿Cómo podría compaginar mi trabajo por cuenta ajena y a la vez poder emitir facturas legalmente?

Cualquier pequeño consejo me servirá, por lo menos, para aclarar este caos post-universitario.

Muchísimas gracias y un abrazo.

- Ana.
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Ana Fernandez
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no es tan complicado Jul 11, 2006

Hola Ana,

ese tema se ha tratado ya en varias ocasiones.

Para trabajar como autónoma debes hacer lo siguiente:

a) ir a tu delegación de Hacienda y darte de alta en el IAE, a partir de ese momento tienes varias obligaciones:
- llevar registro de las facturas que emites
- idem de las que recibes
- presentar la declaración del IVA trimestral

pero puedes facturar sin ningún problema.

b) Si cobras como autónoma m�
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Hola Ana,

ese tema se ha tratado ya en varias ocasiones.

Para trabajar como autónoma debes hacer lo siguiente:

a) ir a tu delegación de Hacienda y darte de alta en el IAE, a partir de ese momento tienes varias obligaciones:
- llevar registro de las facturas que emites
- idem de las que recibes
- presentar la declaración del IVA trimestral

pero puedes facturar sin ningún problema.

b) Si cobras como autónoma más del salario mínimo interprofesional darte de alta en la SS como autónoma (pero este tema no es obligatorio para facturar), para cotizar a la SS y para tu jubilación. Ya supongo que tienes SS por tu otro trabajo (yo estoy en el mismo caso).


En tus facturas deberá figurar:

- importe del trabajo
+ 16% IVA
- 7% / 15% IRPF (los primeros años puedes descontarte solo el 7% para IRPF pero no sé si conviene porque al año siguiente a la hora de hacer la declaración de la renta ya vendrán...


Darse de alta en el IAE también tiene sus ventajas, todos los gastos que tengas por el trabajo, podrás descontarlos de tus ingresos: papel, teléfono, internet, bolígrafos, cursos de formación...

Si vas a Comunidad > buscar foros e introduces lo que quieres encontrarás las aportaciones sobre el mismo tema que se han hecho con anterioridad.

Cuando empecé me tiré muchas horas investigando en Internet, me resultó bastante útil esta página:

http://www.rlozano.com/consulta/consulta.html

Espero haberte ayudado algo.

Un saludo de otra Ana
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Monika Jakacka Márquez
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Estoy de acuerdo con ANA Jul 11, 2006

Lo siento, pero en este teclado no tengo acentos(

Lo que deberas hacer, en mi opinion, es darte de alta en la Ag. Tributaria como traductora e interprete autonoma (modelo 036). Con ello tendras garantizado el derecho a emitir facturas legales y estaras obligada a rendir cuentas de ellas en la Ag. Trib. (pagar el IVA trimestralmente y el IRPF anualmente).

Si con esta actividad obtienes ingresos inferiore
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Lo siento, pero en este teclado no tengo acentos(

Lo que deberas hacer, en mi opinion, es darte de alta en la Ag. Tributaria como traductora e interprete autonoma (modelo 036). Con ello tendras garantizado el derecho a emitir facturas legales y estaras obligada a rendir cuentas de ellas en la Ag. Trib. (pagar el IVA trimestralmente y el IRPF anualmente).

Si con esta actividad obtienes ingresos inferiores al equivalente de 12 sueldos minimos interprofesionales en escala anual, tu actividad profesional no se considera como HABITUAL, por lo que no tienes por que estar dada de alta de la Seg. Social en el regimen de trabajadores autonomos.

De todos modos, tal y como indica Ana, supongo que estaras dada de alta en la SS en tu otro trabajo, por lo que cotizaras lo correspondiente a tu otro empleo.

Si echas un vistazo en el foro:
http://www.proz.com/post/372214#372214
encontraras una respuesta bien larga y bien exhaustiva que le di a una chica que pedia ayuda, igual que tu

Si tienes dudas al respecto o problemas en tramitar el alta en la Ag. Trib. (el modelo 036 es un autentico calvario), no dudes en contactarme en publico o en privado y te ayudare a "afrontarlo"

saludos,

M.
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Herminia Herrándiz Espuny
Herminia Herrándiz Espuny  Identity Verified
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y si no estaba dada de alta y ahora tengo q hacerlo? Jul 11, 2006

buenas,

en noviembre del año pasado m dí de alta en el IAE pero no en la SS pq no pensaba q llegaría a rebasar el máximo permitido para q s siga considerando mi actividad como habitual, el caso es q para este año 2006 sí q lo rebaso y de largo... si yo ahora quiero darme de alta en la SS q pasos debo seguir?

m han dicho q si no m doy de baja en el IAE antes de darme de alta en la SS pueden cobrarme todos los meses q no la he pagado anteriormente, es cierto?
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buenas,

en noviembre del año pasado m dí de alta en el IAE pero no en la SS pq no pensaba q llegaría a rebasar el máximo permitido para q s siga considerando mi actividad como habitual, el caso es q para este año 2006 sí q lo rebaso y de largo... si yo ahora quiero darme de alta en la SS q pasos debo seguir?

m han dicho q si no m doy de baja en el IAE antes de darme de alta en la SS pueden cobrarme todos los meses q no la he pagado anteriormente, es cierto?

En el caso de q tuviera q darme de baja en el IAE y volver a darme de alta, perdería la opción de poder facturar con IRPF al 7% pese a q aún no hayan pasado los dos años de actividad profesional q contempla este 7%?

Muchas gcs! ^_^
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Monika Jakacka Márquez
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Hola Herminia Jul 11, 2006

Herminia Herrandiz Espuny wrote:

buenas,

en noviembre del año pasado m dí de alta en el IAE pero no en la SS pq no pensaba q llegaría a rebasar el máximo permitido para q s siga considerando mi actividad como habitual, el caso es q para este año 2006 sí q lo rebaso y de largo... si yo ahora quiero darme de alta en la SS q pasos debo seguir?

m han dicho q si no m doy de baja en el IAE antes de darme de alta en la SS pueden cobrarme todos los meses q no la he pagado anteriormente, es cierto?

En el caso de q tuviera q darme de baja en el IAE y volver a darme de alta, perdería la opción de poder facturar con IRPF al 7% pese a q aún no hayan pasado los dos años de actividad profesional q contempla este 7%?



Sí, es verdad lo que dices. Si no te das de baja del IAE antes de darte de alta de la SS te pueden obligar a pagar la SS correspondiente a todos los meses de la actividad registrada en la Ag. Tributaria. Según lo que tengo entendido, podrían aplicarte también una multa (o quizás intereses) por el retraso en darte de alta en la SS en caso de haber ejercido una actividad que se clasifique como HABITUAL (mira la definición que doy en mi anterior aportación en este mismo foro) sin haberse dado de alta en la SS.

Ahora sí, si ejerces una actividad económica profesional habitual, una vez que te des de alta en el IAE en la Ag. Tributaria, tienes, si no me equivoco, un mes para darte de alta en la SS. El primer ingreso que te cobrarán allí corresponde a los tres primeros meses de tu actividad. Es decir, si te das de baja en el IAE hoy mismo y mañana pasas por la Ag. Tributaria y te das de alta otra vez, tendrás un mes de plazo para darte de alta de la SS en el régimen de autónomos. Una vez que lo hagas, te cobrarán la cuota correspondiente a tres meses a partir de la fecha de mañana (que es cuando te das de alta en el IAE). ¿Me explico?

Y en cuanto a lo del 7% del IRPF, siempre se tiene en cuenta la antigüedad del primer alta en el IAE. Es decir, no pierdes la opción de poder facturar con el IRPF de 7%.
(Te recuerdo que puedes facturar con el IRPF de 7% el año de tu primer alta en el IAE y durante dos siguientes años fiscales.)

La respuesta a esta última pregunta la tienes, por ejemplo, en esta página:
"Retenciones en Contratos mercantiles a profesionales autónomos

Cuando contratamos a profesionales autónomos deberemos retenerles un porcentaje de la remuneración total, en concepto de retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que dependerá de la antigüedad del primer alta en el epígrafe del IAE de esa persona, correspondiente a la actividad que nos facture.

Así pues, si el primer alta no tiene más de tres años de antigüedad, le retendremos un 7 %, que debe estar reflejado en la factura que nos emita. Si por el contrario, el primer alta es de hace más de tres años el porcentaje a retener será del 15 %. "
http://64.233.183.104/search?q=cache:qgFQjXhBtDUJ:www.asociaciones.org/cm/Guia/Textos/Fiscalid/irpf/irpf.htm%207%%20IRPF&hl=cs&ct=clnk&cd=1

Espero haberte sido de ayuda

M.


PS. ¡UPS! Perdón, debí haber apretado el botón dos veces (esta impaciencia mía...) y mi aportación se publicó dos veces... Os aseguro que no es por afán de protagonismo

M.

[Edited at 2006-07-11 22:55]

[Edited at 2006-07-11 22:56]


 
Herminia Herrándiz Espuny
Herminia Herrándiz Espuny  Identity Verified
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Muchas gcs! Jul 12, 2006

Muchas gcs Monika! ^_^

Pues a ver si soluciono unos cuantos temas q m traen por la calle de la amargura y realizo los trámites para darme de alta en la SS ^_^

Un saludo desde una asfixiante Barcelona


 
Monika Jakacka Márquez
Monika Jakacka Márquez  Identity Verified
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本论坛版主
Muchas "de nadas" :) Jul 12, 2006

Herminia Herrandiz Espuny wrote:

Muchas gcs Monika! ^_^

Pues a ver si soluciono unos cuantos temas q m traen por la calle de la amargura y realizo los trámites para darme de alta en la SS ^_^

Un saludo desde una asfixiante Barcelona


De nada, mujer. Me alegra haberte ayudado

Saludos desde un Prat de Llobregat aún más asfixiante que Bcn...

M.


 
Ana Torres
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主题发起人
¡Muchas gracias! Jul 12, 2006

¡Muchas gracias a todas!

Las explicaciones me han ayudado un montón y los links que pasáis también son buenísimos.

Lo malo de esta carrera es que en clase te enseñan las técnicas, pero no cómo sacar habichuelas de tu trabajo, que al final es de lo que se trata.

La verdad es que estaba tan perdida que ni sabía lo básico, pero ahora ya puedo empezar a ver qué es lo que me conviene y lo que no... Otra cosa es el tiempo que tarde en hacerse productiv
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¡Muchas gracias a todas!

Las explicaciones me han ayudado un montón y los links que pasáis también son buenísimos.

Lo malo de esta carrera es que en clase te enseñan las técnicas, pero no cómo sacar habichuelas de tu trabajo, que al final es de lo que se trata.

La verdad es que estaba tan perdida que ni sabía lo básico, pero ahora ya puedo empezar a ver qué es lo que me conviene y lo que no... Otra cosa es el tiempo que tarde en hacerse productivo:)

Un abrazo y unos cubitos de hielo^_^
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